O eso es lo que dice la Agencia de Protección de Datos de España cuando indica en uno los puntos de la LSSI que parece esta práctica vulnera la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, que no prevé que se pueda enviar ningún mail con contenido publicitario o promocional.
“La única excepción a este hecho sancinable es que exista un consentimiento previo e informado”.
![]()
Algo que para estos sistemas no tiene ningún fundamento ya que uno no se va a enviar a si mismo la “recomendación”. Incuso hay publicado un PDF con la resolución.
Según esto, no podrías utilizar legalmente los botones de enviar a un amigo de tantos plugins como hay por ahí, ni los que hay en las redes sociales. Nada que suponga notificar por email a alguien acerca de algo que has leído.
Lo que yo me pregunto es: ¿seguro que enviar una noticia a un amigo puede considerarse promoción o publicidad?. Sinceramente discrepo.
Según esto, llevado a sus límites extremos, todas las redes sociales son ilegales.

Vía | Ayuda WordPress Vía | Error500

























21 Abril, 2008 a las 1:08 |
Las redes sociales son ilegales y según esa sentencia las telefónicas también al permitir que se utilicen sus redes para hacer llamadas spam (antes conocidas como propuestas comerciales)
21 Abril, 2008 a las 7:29 |
¿Permitir?
Si los mismos operadores lo hacen.
Buen apunte
28 Abril, 2008 a las 12:45 |
Me parece que su problema (el de la Agencia de Protección de Datos) es que va bastante por detrás de los avances de la web y que, como su propio nombre indica, se dedica a proteger y por tanto es conservadora.